A- de 2010
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Stella Conto Diaz Del Castillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Derecho del ciudadano a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político
- Fallos que dicte en ejercicio del control jurisdiccional hacen tránsito a cosa juzgada constitucional
- Competencia para determinar los efectos de sus propias decisiones
- Debe confrontar las disposiciones sometidas a su control con la Constitución
- Carácter inmutable, intangible, definitivo, indiscutible y obligatorio de los fallos
- Carácter técnico procesal
- Rechaza por existencia de cosa juzgada constitucional e incompetencia de la Corte Constitucional
- Control constitucional de la Corte Constitucional
- Debe confrontar las disposiciones sometidas a su control con la Constitución
- Niega por existir cosa juzgada absoluta en sentencia C-037/96
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica contra el auto del 13 de mayo de 2010 proferido por el Magistrado Dr.
Jorge Iván Palacio Palacio, en el cual se rechazó la demanda de la referencia.
Se decide denegar el recurso de súplica debido a que se trata de cosa juzgada constitucional en la sentencia C-037/96.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- DENEGAR el recurso de suplica interpuesto por la ciudadana Stella Conto Diaz del Castillo, contra el auto de mayo 13 de 2010, mediante el cual fue rechazada la demanda por ella presentada para que se declarara la inconstitucionalidad de los articulos 66 (parcial), 67 (parcial) y 70 (parcial) de la Ley 270 de 1996, "Estatutaria de la Administracion de Justicia".
- En firme este auto, contra el cual no procede recurso alguno, archivese el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.